En la campaña de IRPF de 2023, la Agencia Tributaria (AEAT) estableció un procedimiento automático para aquellos pensionistas que habían realizado aportaciones a mutualidades laborales antes de 1968 y que no se beneficiaron de las reducciones correspondientes. Este mecanismo permitió rectificar las autoliquidaciones sin necesidad de presentar una solicitud formal. Sin embargo, en un principio, esta vía no estaba disponible para los contribuyentes fallecidos, lo que obligaba a presentar una solicitud manual.

Recientemente, la AEAT ha ampliado la posibilidad de utilizar este proceso automático para los casos de mutualistas fallecidos. A partir de ahora, los herederos podrán solicitar la devolución cuando el contribuyente haya fallecido entre 2020 y la fecha de presentación del formulario correspondiente.

Proceso para la solicitud de devolución en caso de fallecimiento

  1. Acceso al formulario: Los herederos no podrán utilizar el certificado electrónico ni la Cl@ve del fallecido, ya que estos medios quedan inhabilitados tras su muerte. En su lugar, deberán obtener el número de referencia del contribuyente fallecido. Para los fallecidos desde 2021, el número de referencia puede obtenerse de manera online a través del enlace habilitado por la AEAT.
  2. Registro de sucesores: Si el heredero está registrado como sucesor en el Registro de sucesores de la AEAT, podrá presentar el formulario de solicitud utilizando su representación. El registro puede gestionarse a través del enlace proporcionado para este fin por la Agencia Tributaria.

Reducciones aplicables en las pensiones

Las pensiones que pueden acogerse a esta reducción son aquellas satisfechas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina, siempre que se cumplan los siguientes requisitos en relación con las aportaciones a mutualidades laborales:

Consideraciones finales

Es fundamental que los herederos guarden la documentación justificativa de las aportaciones y del proceso sucesorio, ya que la AEAT puede requerir esta información. Además, las pensiones complementarias también pueden tener derecho a estas reducciones, por lo que es recomendable revisar las particularidades de cada caso. Con estos cambios, la AEAT busca agilizar los procesos y asegurar que los derechos fiscales de los mutualistas fallecidos sean respetados adecuadamente.