Compliance fiscal es el conjunto de elementos que debe de adoptar una organización con la finalidad de asegurar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Se produce un cambio paradigmático en la relación del contribuyente con la Administración. Anteriormente, la relación podía considerarse más bien como una relación casi “inquisitiva”, mientras que ahora lo que se pretende es que exista un cumplimiento cooperativo. Asimismo, con este cumplimiento voluntario existe una mayor transparencia y proximidad en las relaciones del obligado tributario.
Fundamentalmente una mayor seguridad jurídica, así como una mejora de imagen y reputación de la sociedad.
Los orígenes se encuentran tanto en el ámbito nacional como internacional.
Internacional
Nacional
Como ha citado la Asociación Española de Normalización (UNE), la UNE 19602 se configura como los «requisitos y recomendaciones que, alineado con las normas nacionales e internacionales existentes en materia de compliance, establecerá los requisitos y recomendaciones para un sistema de gestión de compliance tributario en las organizaciones».
La certificación del cumplimiento de la norma UNE no asegura que no se produzcan riesgos tributarios, pero se considera como un elemento probatorio que se podrá tener en cuenta, por ejemplo, como atenuante o eximente.
Toda organización.
Según la norma UNE 19602 por organización se entiende “la persona o grupo de personas que tienen sus propias funciones, con responsabilidades, autoridades y relaciones para el logro de objetivos.” Por tanto, se incluye a trabajadores independientes, sociedades, compañías con o sin ánimo de lucro, entre otras, con independencia del tamaño o de la actividad.
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