El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que determina el momento en que deben cumplirse los requisitos para aplicar la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) por donación de participaciones en empresas familiares.
¿Qué es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?
El ISD es un tributo que grava las adquisiciones gratuitas realizadas por personas físicas, tales como herencias, legados, pactos sucesorios o donaciones, entre otras.
Dentro de este impuesto, se distingue entre:
- Adquisición por herencia: Se produce cuando una persona recibe bienes o derechos tras el fallecimiento del causante.
- Adquisición por donación: Ocurre cuando una persona recibe bienes o derechos en vida del donante.
Esta distinción es clave, ya que el momento en el que debe liquidarse el impuesto varía según la modalidad.
¿Sabías que el plazo de presentación del Impuesto sobre Sucesiones es de seis meses, mientras que en el caso de Donaciones el plazo es de un mes?
Reducción del 95% en donaciones de participaciones en empresas
Para las donaciones de participaciones en empresas o negocios, la normativa contempla una reducción del 95% en la base imponible del ISD, siempre que se cumplan determinados requisitos.
No obstante, existía cierta controversia sobre cuándo debían cumplirse esos requisitos para poder aplicar la reducción. La confusión surgía porque las regulaciones de distintos impuestos se entrelazan y hacen remisiones constantes entre sí.
Sentencias previas del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo, en sentencias de 2011 y 2012, ya se había pronunciado sobre la fecha clave en los casos de herencias, estableciendo que los requisitos deben verificarse en la fecha de devengo del impuesto, es decir, en el momento del fallecimiento del causante.
¿Sabías que, en las adquisiciones por herencia, el impuesto se devenga en el momento del fallecimiento, mientras que en las donaciones el impuesto se devenga el día en que se realiza la donación?
El criterio del Tribunal Supremo para las donaciones
En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha extendido este mismo criterio a las donaciones. Ha determinado que los requisitos para la aplicación de la reducción del 95% en el ISD deben cumplirse en el momento en que se formaliza la donación.
Este fallo clarifica la normativa y proporciona seguridad jurídica a los contribuyentes que deseen beneficiarse de esta reducción al realizar una donación de participaciones en una empresa familiar.