Consejos fiscales a tener en cuenta en la Declaración de la Renta 2023
CONSEJOS IRPF 2022 RENTAS EXENTAS Rendimiento del trabajo en especie exento – vales comida Si se opta por percibir parte del salario en tickets restaurante o vales comida, los mismos constituyen rendimiento del trabajo en especie y está exento de tributación hasta 11 euros día. Cabe recordar que esta exención será aplicable con independencia de que el servicio se preste en el propio local del establecimiento de hostelería o fuera de éste, previa recogida por el empleado o mediante su entrega en su centro de trabajo o en el lugar elegido por aquel para desarrollar su trabajo en los días en que este se realice a distancia o mediante teletrabajo. También se aplica dicha exención a los trabajadores en teletrabajo y la exención se extiende a los gastos necesarios para la entrega de la comida, siempre y cuando no supere el límite máximo establecido. Exención por trabajos realizados en el extranjero Los contribuyentes que hubieran realizado trabajos en el extranjero deben tener en cuenta que los rendimientos del trabajo que perciban por los trabajos efectivamente realizados en el extranjero están exentos de tributación, hasta el límite de 60.100 euros anuales, siempre que se cumplan determinados requisitos. Para el cálculo de la retribución correspondiente a los trabajos realizados en el extranjero, deberán tomarse en consideración los días que efectivamente el trabajador ha estado desplazado en el extranjero, así como las retribuciones específicas correspondientes a los servicios prestados en el extranjero. En este sentido, deben entenderse comprendidos también los rendimientos del trabajo percibidos por el trabajador que correspondan a los días de desplazamiento al país de destino o de regreso a España. Debe tenerse en cuenta que esta exención no se aplica a los administradores o miembros del Consejo de Administración. Indemnización por despido La indemnización por despido o cese del trabajador está exenta de tributación hasta la cuantía establecida como obligatoria en el Estatuto de los Trabajadores, con el límite de 180.000 €. En caso de despido improcedente, solo están exentas las indemnizaciones reconocidas en acto de conciliación o en resolución judicial. El importe percibido que exceda de la indemnización obligatoria (según ET) debe tributar como rendimiento del trabajo pudiéndose reducir en un 30%. Cabe recordar que dicha exención se aplica también en los supuestos de extinción del contrato de alta dirección por desistimiento del empresario, ya que existe el derecho a una indemnización mínima obligatoria de 7 días de salario por año de trabajo con el límite de seis mensualidades. Beneficios aplicables a mayores de 65 años Tratándose de contribuyentes mayores de 65 años, la Ley establece la posibilidad de aplicar los siguientes beneficios fiscales: Por un lado, quedará exenta de tributación la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión de cualquier elemento patrimonial (inmuebles distintos a la vivienda habitual, acciones, derechos, etc.) si el importe obtenido en la transmisión se reinvierte, en el plazo de 6 meses, en la constitución de una renta vitalicia a su favor. Se limita la exención, pues la cantidad máxima que a tal efecto podrá destinarse a constituir rentas vitalicias será de 240.000 euros. Por otro lado, también quedará exenta de tributación, sin necesidad de reinversión, la plusvalía generada por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente mayor de 65 años, teniendo en cuenta que se considera vivienda habitual aquella en la que el contribuyente hubiera residido durante un periodo de al menos tres años. Se entiende que el contribuyente está transmitiendo su vivienda habitual cuando el inmueble constituya su vivienda habitual en ese momento o hubiera tenido tal consideración hasta cualquier día de los dos años anteriores a la fecha de transmisión. En caso de contribuyentes que no hayan cumplido todavía 65 años, pero estén cerca de hacerlo, podría contemplarse la posibilidad de no realizar este tipo de operaciones hasta que el beneficio fiscal pudiera ser aplicado. En aquellos casos en los que la vivienda pertenezca a ambos cónyuges, hay que tener en cuenta que el beneficio fiscal se aplicará a la totalidad de la ganancia si ambos han alcanzado la edad de 65 años. En caso contrario, solo podrá aplicarlo el contribuyente que tuviese dicha edad y en proporción a su participación. Exención por reinversión de vivienda habitual También, los contribuyentes que transmitan su vivienda habitual y reinviertan las cantidades obtenidas en la adquisición de una nueva vivienda habitual (en el plazo comprendido entre los 2 años anteriores y los 2 posteriores a dicha transmisión) podrán dejar exenta la ganancia patrimonial obtenida. Para que la vivienda se considere habitual, el contribuyente deberá residir en ella durante un plazo continuado de 3 años. Podrá considerarse vivienda habitual cuando, no residiendo ese plazo, concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda (matrimonio, separación matrimonial, traslado por motivos laborales, obtención de empleo más ventajoso, etc.). Cabe recordar que, en 2020, con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria del COVID-19, los días comprendidos entre el 14 de marzo y el 30 de mayo no se tendrán en cuenta a efectos del cómputo de los dos años para reinvertir. Exención parcial de rentas derivadas de la transmisión de determinados inmuebles. Los contribuyentes que transmitan en el ejercicio bienes inmuebles urbanos que hubiesen sido adquiridos a título oneroso entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012, podrán dejar exenta el 50% de la ganancia patrimonial obtenida derivada de dicha transmisión. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Teletrabajo Los contribuyentes que teletrabajan y a quienes la empresa le pague parte de los gastos por suministros, deben imputar dichas cantidades como retribución en especie. Rescate del plan pensiones Cuando se rescata el plan de pensiones, el importe obtenido tributa como rendimientos del trabajo en la base imponible general del Impuesto, por tanto, al tipo marginal del impuesto. Por ello, si se está barajando la posibilidad de rescatar el plan de pensiones, conviene hacer cálculos y tener presente que resultará más ventajoso hacerlo en un ejercicio en el que se hayan obtenido bajos ingresos, evitando así subidas de tipo por saltos de tramo en la escala de gravamen. Además, conviene tener en
Bajada de impuestos en Andalucía
La oficina de comunicación de la Junta de Andalucía ha emitido el siguiente boletín en relación a la bajada de impuestos, impuesto sobre sucesiones y donaciones, IRPF, familias numerosas y Empresas y autónomos. Pueden acceder a su contenido en este enlace.
Normas para la declaración del IRPF del ejercicio 2018
Normas para la declaración del IRPF del ejercicio 2018 Se han aprobado las normas de declaración del IRPF del ejercicio 2018. Como novedad, desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT. Al igual que en los ejercicios anteriores, se ha aprobado un único modelo de declaración (D-100) que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el ejercicio 2018, cualquiera que sea la Comunidad Autónoma de régimen común en la que hayan tenido su residencia en ese ejercicio, como los contribuyentes no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda.