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Bajada de impuestos en Andalucía

La oficina de comunicación de la Junta de Andalucía ha emitido el siguiente boletín en relación a la bajada de impuestos, impuesto sobre sucesiones y donaciones, IRPF, familias numerosas y Empresas y autónomos. Pueden acceder a su contenido en este enlace.

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Normas para la declaración del IRPF del ejercicio 2018

Normas para la declaración del IRPF del ejercicio 2018

Se han aprobado las normas de declaración del IRPF del ejercicio 2018. Como novedad, desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT.

Al igual que en los ejercicios anteriores, se ha aprobado un único modelo de declaración (D-100) que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el ejercicio 2018, cualquiera que sea la Comunidad Autónoma de régimen común en la que hayan tenido su residencia en ese ejercicio, como los contribuyentes no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda.

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¿Cómo tributa un vehículo cedido a un trabajador como retribución en especie?

 

 

 

 

 

 

 

Es habitual el supuesto en el que  una empresa cede el uso un automóvil a un trabajador, el cual hace uso del mismo para su trabajo, así como para fines particulares, familiares,…

¿Cómo tributa el trabajador por la cesión del uso del vehículo?

Para el trabajador, la cesión del uso de un automóvil constituye una retribución en especie de obligado cumplimiento cuando así se establezca en el contrato laboral, de manera que una fracción de la prestación laboral del trabajador es la contrapartida de dicha cesión. Es decir, la cesión al trabajador del uso de un vehículo, forma parte del coste total de las retribuciones que dicho trabajador percibe por los servicios laborales que presta.

En estas circunstancias, dichas retribuciones en especie, constituyen prestaciones de servicios efectuadas a título oneroso a efectos del Impuesto, por lo que habrá de tributar como rendimientos del trabajo en el IRPF, ya que se trata de una operación sujeta y no exenta del impuesto.

No obstante,  sólo tendrá la consideración de retribución en especie, la parte proporcional del uso que se realice del vehículo que se destine a satisfacer necesidades privadas del trabajador. Para ello,  se deberá aplicar un criterio de reparto real en el que, de acuerdo con la naturaleza y características de las funciones desarrolladas por el trabajador, se valore sólo la disponibilidad para fines particulares.

En lo que al IVA se refiere, dado que las operaciones analizadas no se efectúan a título gratuito, se infiere que no les es aplicable la exclusión que establece el art. 96.Uno.5º LIVA, conforme al cual, no son deducibles las cuotas soportadas por referencia a bienes y servicios destinados a atenciones a clientes, asalariados o terceras personas, ya que esta exclusión o restricción es únicamente aplicable en los supuestos en que los bienes o servicios van a ser objeto de entrega gratuita.

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Ahorro Fiscal

Estamos a final de año, y estamos todavía a tiempo de llevar a cabo distintas economías de opción o tomar decisiones que te permitan obtener un mayor ahorro fiscal en tu declaración del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades.

Es forma de trabajo de esta firma, conocer la previsión del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre Sociedades próximos, con las ventajas que ello comporta de cara a la toma de decisiones, así como comprobar una serie de tareas que se deben analizar para realizar correctamente el cierre fiscal y contable del ejercicio 2018.

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Deberes fiscales de fin de año

Quedan dos semanas para que acabe el año y, entre las muchas cosas a pensar en estas ajetreadas fechas, llegan los asesores fiscales y los bancos recomendando hacer cálculos para intentar rebajar al máximo la factura fiscal del 2017. «Lo que no se haya hecho a 31 de diciembre difícil solución tendrá en junio», afirma Rafael Santaella, abogado tributarista y asesor fiscal. Santaella admite que, ante el ejercicio de buscar las fórmulas para desgravar de cara al IRPF, en este caso del 2017, «el grado de concienciación cada vez es mayor» y señala que desde hace unos años «ha cambiado la mentalidad en cuanto a la creencia de que la planificación fiscal era algo reservado fundamentalmente a fines sucesorios o a grandes patrimonios».

«Las personas cada vez están más convencidas de que tomar determinadas decisiones puede verse recompensado a la hora de hacer la autoliquidación del IRPF», asegura Santaella. Pero también admite que una correcta planificación fiscal «no es algo que debamos hacer en el último mes del año, pues debe llevar tiempo», aunque siempre puede ayudar esta fase final para «ajustar aspectos de índole económica que nos permitan soportar una menor carga fiscal».

Igual piensa Javier Martín, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid, para quien a estas alturas del año lo que se puede hacer es «elevar las aportaciones al plan de pensiones, amortizar la hipoteca en las compras de vivienda habitual anteriores al 2013 o realizar aportaciones a oenegés, entre otras cosas». Ahora bien, advierte, «es preciso tener presente el nivel de renta para no invertir más de lo necesario». En su opinión, si se hace una correcta planificación fiscal se pueden ahorrar unos 3.000 euros de media, «pero son los grandes contribuyentes (más de 145.000 euros de base imponible), los que resultan más beneficiados».

Artículo completo en Diario Córdoba.

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Impuesto incremento valor terrenos de naturaleza urbana

Impuesto incremento valor terrenos de naturaleza urbana

El sistema de cuantificación de la base imponible de la plusvalía municipal, ha suscitado, desde siempre, conflictividad, como consecuencia de una posible vulneración del principio de capacidad económica, al considerar que no se podía someter a gravamen las ventas de inmuebles en las que realmente no hubiera existido una ganancia patrimonial.

La polémica ha vuelto a abrirse con motivo de distintas sentencias que consideran incorrecta la fórmula utilizada por el Ayuntamiento para determinar la base imponible del impuesto y aceptando la fórmula sugerida por el obligado tributario para realizar dicho cálculo.

Según recientes sentencias del Tribunal Constitucional, los vendedores de inmuebles sólo estarán obligados a satisfacer la plusvalía municipal si en el periodo existente entre la fecha de adquisición y la de transmisión dichos inmuebles han incrementado su valor.
Así mismo, son inconstitucionales los apartados de la ley que obligan a satisfacer el impuesto incluso en los supuestos en los que no existe un incremento de valor, ya que atentan contra el principio constitucional de capacidad económica.

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Tributación por los premios de lotería

Recientemente ha tenido lugar el sorteo de Navidad y en apenas dos días tendrá lugar el sorteo de “El Niño”.

Tradicionalmente, se trataba de unos premios que junto con los de la ONCE, lotería primitiva, quinielas, Cruz Roja Española,… estaban exentos. Sin embargo, de un tiempo a esta parte debe tributar el importe íntegro del premio obtenido, estando ahora exentos tan solo los premios cuyo importe sea igual o inferior a 2.500 euros. Esta exención se aplica a cada decimo, fracción o cupón de lotería, por lo que si el premio fuera de titularidad compartida, la exención habrá que prorratearla entre todos los cotitulares en función de la cuota correspondiente cada uno. Además de ello, hay que tener en claro una serie de de cuestiones como el importe a pagar, momento de la retención, ¿Qué ocurre cuando el número agraciado fue adquirido por una sociedad?¿Que modelos han de presentarse por el pagador? ¿Cuándo?¿Que recomendaciones han de tenerse en cuenta?

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Cómo y cuando tributan los fondos de pensiones

La pasada semana, creo que no había medio de comunicación que no se hubiera hecho eco de la noticia de que el Consejo de Ministros había aprobado el real decreto que permitirá a los ciudadanos que cuenten con planes de pensiones, rescatar su dinero tras 10 años, a partir de 2025. De este modo, a partir de 2025 quienes dispongan de un plan de pensiones podrán retirar el dinero depositado en él a cierre de 2015.

Antes de entrar cuestiones de fondo, sería fundamental diferenciar dos momentos clave, que son: “aportaciones al plan” y “el momento del rescate”. En el presente “consejo de la semana” nos centraremos en la tributación en el momento de su recate.

Siempre hemos oído hablar de los planes de pensiones, fundamentalmente a la hora de llevar a cabo una planificación en el IRPF y sobre todo pensando en la jubilación, pero ¿cómo funciona un plan de pensiones? ¿cómo y cuándo tributan?¿qué formas hay de rescatarlos?¿cuál es la más ventajosa?

En este artículo, trataremos de forma breve, dar respuesta a ello.

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