La regularizacion que supone la devolución de intereses satisfechos por las claúsulas suelo
La AEAT aclara mediante una nota, la regularización que el contribuyente debe efectuar de su situación tributaria en caso de devolución de intereses previamente satisfechos por las cláusulas suelo.
Con efectos desde el 21-1-2017 y ejercicios anteriores no prescritos, laLIRPF disp.adic.45ªredacc RDL 1/2017 regula los efectos fiscales derivados de la devolución , por parte de las entidades financieras, de los intereses previamente satisfechos por los contribuyentes como consecuencia de las cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos concertados con aquellas, tanto si la devolución de tales cantidades deriva de un acuerdo celebrado entre las partes como si es consecuencia de una sentencia judicial o de un laudo arbitral.